Ciudad de México
La Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma que blinda las modificaciones a reformas constitucionales.
Con 340 votos a favor y 133 en contra, más una abstención, se aprobó la reforma a los artículos 105 y 107 constitucionales que invalidan las controversias, las acciones de inconstitucionalidad y los juicios de amparo como mecanismos para impugnar reformas y adiciones a la Constitución.
También quedo establecido en esta votación un transitorio en donde se señala que los asuntos que se encuentren en trámite, como la reforma judicial, deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente decreto.
La adición de un quinto párrafo al artículo 105 establece que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
La reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, añade que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
Por lo que queda: “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.